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Cambios en la declaración para los afectados por el sismo en Colombia

El sismo ocurrido el 10 de agosto de 2026 llevó al Gobierno Nacional a establecer medidas tributarias transitorias para algunos contribuyentes de las zonas afectadas.

¿Se modificaron las fechas para declarar renta?

Sí, pero no para todos los contribuyentes. El Decreto 1226 del 18 de agosto de 2026 estableció nuevos plazos para determinadas personas naturales y sucesiones ilíquidas.

La medida aplica a quienes tenían su domicilio fiscal, al 10 de agosto de 2026, en municipios pertenecientes a las seccionales de la DIAN de Cali, Palmira, Tuluá, Buenaventura, Pereira, Armenia, Manizales, Quibdó y Popayán, siempre que sus dos últimos dígitos del NIT estén entre 01 y 26.

Para este grupo, los nuevos vencimientos van del 27 de octubre al 13 de noviembre de 2026, según los dos últimos dígitos del NIT, sin considerar el dígito de verificación.

¿Esto significa que hay una reducción del impuesto?

No. La medida modifica temporalmente los plazos para presentar y pagar la declaración de renta. la declaración de renta; no establece, por sí misma, una reducción general del impuesto.

Para quienes no cumplen las condiciones del Decreto 1226, continúan aplicando los vencimientos establecidos en el calendario tributario vigente.

Por eso, antes de asumir que su fecha cambió, es importante verificar el domicilio fiscal, los dos últimos dígitos del NIT y las condiciones particulares del contribuyente.

Si desea revisar su situación tributaria y preparar adecuadamente su declaración, puede conocer el servicio de Declaración de Renta de PKF Vía Consultoría y ampliar la información.

Fuente principal: DIAN – medidas para contribuyentes en zonas afectadas por el terremoto.